8.08.2022
Cuesta entender qué entienden muchas autoridades cuando hablan de “las faltas al debido proceso”, sobre todo cuando se argumenta de “la presunción de tortura” ejercida en contra de ciertos personajes para determinar su libertad o anular sus proceso. Comencemos por el principio: según mi diccionario, presunción quiere decir “consideración o aceptación de una cosa como verdadera o real a partir de ciertas señales o indicios, sin tener certeza completa de ello”. A partir de presunciones, no se puede dictar una sentencia judicial, hay pruebas o no.
Es verdad, hay miles de detenidos que paradójicamente“presuntamente” cometieron un delito y que por ello están en la cárcel o se les arrancó una confesión o no tuvieron derecho a defensa. Sus casos deben atenderse adecuadamente. Pero hay otros que han cometido y están plenamente comprobados, delitos terribles y a través de la “presunción de tortura”, y con ello las faltas al debido proceso, evaden o tratan de hacerlo, la acción de la justicia.
Un juez decidió revocar una condena de 40 años al secuestrador Daniel Arizmendi, el Mochaorejas, y a su hermano Aurelio, porque habría encontrado “faltas al debido proceso” porque “presuntamente” podrían haber sido torturados cuando fueron detenidos en agosto de 1998. No saldrá en libertad porque cometió tantos y tan graves delitos que tiene condenas sumadas por 393 años (que, por ley, en México se limitan a 50 años).
Es posible, era y sigue siendo una norma en muchas operaciones policiales, antes como sistema ahora como práctica, que se pueda ejercer violencia contra los detenidos. Pero en el caso de Arizmendi recordemos que fue el primero de los grandes secuestradores en utilizar la mutilación sistemática de sus víctimas para acelerar el pago de rescates o simplemente para dejar una suerte de marca de la casa. Su banda fue una de las más importantes y violentas durante años y todavía, 24 años después, hay integrantes de la misma que no han sido detenidos. Recuerdo a Arizmendi dandoentrevistas en la televisión, explicando cómo operaba, tranquilo, incluso sonriente y a veces amenazante. El resultado fue que estallaron los secuestros en todo el país: todos los delincuentes querían ser como el Mochaorejas y comenzaron a realizar secuestros y mutilaciones como lo hacía su banda. Si todos esos delitos estaban y están comprobados plenamente, la pregunta es obvia: ¿cuál es la necesidad de abrir nuevamente esos procesos?.
Pero el de los Arizmendi no es el único caso: ahí está el de Mario Aburto. Está comprobado que Aburto fue el asesino de Luis Donaldo Colosio el 23 de marzo de 1994. Después puede haber muchas teorías de la conspiración circulando, pero de que Aburto fue el asesino no hay duda: él mismo reconstruyó el crimen. Periodistas tan prestigiados como Julio Scherer y Jesús Blancornelas lo entrevistaron a solas en prisión y nunca desmintió los hechos. Fue golpeado al ser retenido en Lomas Taurinas, eso lo vimos todos. No dudo tampoco, era 1994, que ya detenido se haya ejercido violencia en su contra, pero cuando fue presentado horas después la mayor diferencia era que le habían cortado el pelo y lo habían afeitado. Desde entonces han pasado 28 años, ¿alguien me puede explicar cuál es el sentido de reabrir ahora su caso porque presuntamente sufrió tortura en 1994?.
Esta semana se admitieron varios amparos en favor de Rafael Caro Quintero, dos definitivos en relación con su extradición, otro porque dice Caro Quintero que sufre “actos de incomunicación, segregación, aislamiento, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos, malos tratos, abuso de autoridad, tortura y lesiones, por las autoridades del penaldonde está detenido, que ponen en riesgo su vida”. Habrá que revisar la denuncia, pero hay que recordar que está detenido en el penal del Altiplano, en Almoloya, de alta seguridad, reforzada luego de la fuga del Chapo Guzmán,porque era uno de los delincuentes más buscados y violentos del país y existe una solicitud de extradición de Estados Unidos, donde era el narcotraficante más buscado del mundo por el asesinato de Enrique Camarena, entre muchos otros delitos.
La pregunta debería ser porqué se posterga tanto su extradición, porque se sigue reteniendo en México a Caro Quintero que, como demostró en 2013, tuvo el talento y la posible capacidad de corrupción para abandonar la cárcel por la puerta grande sin que nadie lo molestara. Entonces, un juez argumentó que quedaba en libertad por faltas al debido proceso porque su proceso tendría que haber sido llevado ante un tribunal estatal y no federal. En una cárcel de alta seguridad de EU no va a estar mejor que en Almoloya.
De la misma forma quedó en libertad Florence Cassez, no porque fuera inocente sino porque se realizó un montaje televisivo para repetir su detención y así se violó el debido proceso. Así pueden quedar en libertad su pareja y sus cómplices, algunos ya en libertad, a pesar de que existen testimonios claros y públicos de sus víctimas. Así quieren dejar en libertad a los y las secuestradoras y asesinos del hijo de Isabel Miranda. Así han quedado en libertad los sicarios que comprobadamente participaron en el secuestro y muerte de los jóvenes de Ayotzinapa.
Y paradójicamente parece que a ciertas autoridades les urge liberar a todos estos personajes, no porque sean inocentes, sino para así poder procesar o responsabilizar políticamente a los funcionarios del pasado, que fueron quienes los detuvieron. Claro, eso es simple presunción.