Cofipe: el documento final
Columna JFM

Cofipe: el documento final

Es imposible resumir en cuantas cuántas líneas las casi 300 cuartillas que incluye el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales después de sus más recientes modificaciones. No analizaremos aquí, ya lo hemos hecho con anterioridad, los problemas de fondo que se derivan del mismo. Pero sí señalaremos los principales capítulos que serán a su vez objeto de debate.

Es imposible resumir en cuantas cuántas líneas las casi 300 cuartillas que incluye el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales después de sus más recientes modificaciones. No analizaremos aquí, ya lo hemos hecho con anterioridad, los problemas de fondo que se derivan del mismo. Pero sí señalaremos los principales capítulos que serán a su vez objeto de debate.

Queda clara, desde el inicio, la prohibición de contratar publicidad gubernamental para promocionar imágenes de funcionarios; también la llamada intervención gremial o social en el mismo sentido. Un punto importante es que se ratifica que se habla de partido político sólo cuando éste haya mantenido el registro, lo que abre camino, por ejemplo, a la candidatura de Jorge Alcocer. Todo el largo capítulo sobre la información que deben proporcionar los partidos es muy completa pero resultará difícil de obtener, por lo complejo de los mecanismos establecidos. Cuando un partido pierde el registro debe liquidar su patrimonio. Se aprueban las coaliciones pero se mantiene la propuesta de que cada partido deberá presentarse en la lista por separado y se contabilizarán los votos que reciban de esa manera para determinar su registro. Los partidos en su publicidad o propaganda (se insiste en el texto siempre en el tema de publicidad o propaganda y no se señalan en ningún punto las opiniones de medios o comunicadores) deben abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones o calumnien a las personas. Sin embargo, en los términos de publicidad queda prohibido “influir” en las preferencias electorales a favor o en contra de un partido o candidato (¿algún diputado podría explicar en términos legales qué quiere decir influir sin ingresar en una discusión metafísica?). Sí se establecer respecto a los medios que el consejo del IFE no presentará lineamientos sino “sugerencias de lineamientos”, lo cual es completamente diferente.

Todo el capítulo de distribución y adjudicación de tiempos a nivel nacional, estatal y distrital, sobre todo cuando se conjugan elecciones federales y locales es, sencillamente, un galimatías en el que lo único queda en claro es que los partidos se despacharán con los tiempos de radio y televisión con la cuchara grande.

Llama la atención que pese a la publicidad realizada no parece que hubiera reducción de recursos para los partidos. Más bien ocurre lo contrario: los partidos recibirán el 70 por ciento del salario mínimo del DF multiplicado por el número de afiliados al padrón electoral. De esos recursos 30 por ciento será distribuido en forma igualitaria y el 70 por ciento proporcional. Cuanto menos partidos haya más recibirán los más grandes, con un agregado: en periodo electoral presidencial recibirán un 50 por ciento más, en elecciones intermedias un 30 por ciento más. ¿En qué lo gastarán si tendrán pagada su publicidad en medios electrónicos que ahora reconocían que les consumía el 70 por ciento del presupuesto?. Nadie lo sabe ni tampoco se exigen respuestas. Los partidos tampoco pagarán impuestos o contribuciones, salvo el ISR de sus trabajadores. Mantendrán gratuitas sus franquicias postales y de sistema telegráfico.

Para ser consejero se requiere ser por lo menos licenciado con cinco años de antigüedad, no haber tenido cargo en partido (recordemos sólo se entiende por ellos a los que conservan registro) durante los últimos cuatro años o un cargo público en los últimos cinco. Queda claro que todo el poder electoral se queda en el IFE en todos los sentidos, incluyendo una disminución del poder del tribunal y la fiscalía para delitos electorales.

Se confirma también que nadie podrá buscar una candidatura en más de un partido en cada proceso electoral. Que sí podrá hacerse publicidad en medios impresos y que se establece, si entendimos bien, el voto por voto, pero en términos de consejos distritales cuando la diferencia sea menor al 1 por ciento en ese distrito.

En el libro séptimo, el de las sanciones, es donde hay más cambios. Se establece la multa para los medios que violen las leyes electorales en parámetros que van desde apercibimientos hasta multas de 100 mil salarios mínimos, por “infracciones graves y reiteradas” la multa es la suspensión de “tiempo de comercialización” de una hora a 36 horas. Si bien en todo el articulado se habla de propaganda o publicidad pagada, como objeto de sanción, no se incluyó el artículo que especificaría que no se afecta con ello la libertad de expresión de ningún medio o comunicador como se había dicho. Ello provoca que si bien han quedado mucho más claras las normas para una hipotética sanción no estén los suficientemente específicas.

En ese sentido, las funciones de contralor también quedan, por lo menos en el papel más restringidas, incluso en el controvertido tema de la posibilidad de destitución de consejeros del IFE. El documento dice con claridad que no puede el contralor intervenir en las atribuciones constitucionales de los consejeros y del IFE y que su labor se debe concentrar en los aspectos relacionados con la utilización presupuestal. Sin embargo, más adelante se establecen una serie de atribuciones que exceden lo que se especifica en el primer artículo sobre el tema.

En síntesis, este es el documento que tendrá que aprobar la Junta de Gobierno el día de mañana. Podrá haber cambios pero se espera que no sean mayores. Quizás se incluye el artículo sobre libertad de expresión y, quizás, si se llega a un acuerdo con los partidos pequeños, con registro, algo que les permita salvar una o dos elecciones si van coaligados. Este será, para bien o para mal, el nuevo Cofipe. Por cierto, hoy cumple Emilio Gamboa 25 años ininterrumpidos como funcionario público de alto nivel, cuando comenzó con Miguel de la Madrid. Muy poco han logrado hacerlo sin altibajos.

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