Hank Rhon, pseudo ciudadanos y los ministros de culto
Columna JFM

Hank Rhon, pseudo ciudadanos y los ministros de culto

Sorpresas te da la vida, diría Rubén Blades, y por una de esas paradojas de la política, Jorge Hank Rhon le podría estar abriendo el paso, entre otras cosas, a la participación de ministros de culto en la política. Y es que el tribunal electoral del poder judicial de la federación abrió el pasado viernes una puerta que le será muy difícil de cerrar: la decisión de autorizar las candidaturas de Jorge Hank Rhon y de otros ocho candidatos a distintos puestos de elección popular en Baja California.

Sorpresas te da la vida, diría Rubén Blades, y por una de esas paradojas de la política, Jorge Hank Rhon le podría estar abriendo el paso, entre otras cosas, a la participación de ministros de culto en la política. Y es que el tribunal electoral del poder judicial de la federación abrió el pasado viernes una puerta que le será muy difícil de cerrar: la decisión de autorizar las candidaturas de Jorge Hank Rhon y de otros ocho candidatos a distintos puestos de elección popular en Baja California, desconociendo el artículo 42 de la constitución local y basándose para ello en el artículo 35 de la constitución federal que establece que son prerrogativas de cualquier ciudadano el votar y “poder ser votado para todos los cargos de elección popular”, obviando la línea siguiente que sostiene que ello se deberá basar en “las calidades que establezca la ley”, permitirá, ya lo ha provocado, que, con toda razón, cualquier ciudadano pueda reclamar para sí ese derecho, independientemente de las limitaciones que establezca la ley para ejercer un cargo de elección popular.

Comencemos por un punto: el artículo 42 de la Constitución de Baja California me parece, para ser suave con los adjetivos, una tontería: no tiene demasiado sentido impedir que alguien en cumplimiento de un cargo de elección popular no pueda aspirar a otro durante ese mandato. Pero tiene la misma lógica que establecer que, para ser presidente de la república se tenga que tener 35 años cumplidos o haber residido en el país durante el año anterior de la elección, o no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de algún culto, no estar en servicio activo del ejército o no ser “secretario o subsecretario de estado, jefe o secretario general de departamento administrativo, procurador general de la república, ni gobernador de algún estado, a menos que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección”. Como esas existen muchas otras limitaciones en la Constitución para ocupar cargos públicos. En la propia carta magna se establece que en el caso de los estados, las elecciones de los gobernadores y legislaturas locales serán “en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas”. Y resulta que esas leyes son diferentes en cada estado. Por ejemplo, en las elecciones municipales en Oaxaca, se pueden elegir funcionarios por el método de usos y costumbres (incluyendo el que en algunas comunidades no está permitida la votación de las mujeres); en algunas entidades se pide ser nacido en el estado para competir por la gubernatura y en otros sólo un periodo determinado de residencia. En algunos el límite de edad varía respecto a los otros. Las condiciones que se imponen entonces son distintas, basadas precisamente en esas leyes electorales respectivas de las que habla la constitución.

Quizás no deberían existir tantas condiciones, muchas de ellas francamente anacrónicas, para ocupar un cargo de elección popular o para ciertos cargos públicos. Pero no creo que la decisión del Tribunal Electoral federal haya sido motivada en el interés de eliminar esas restricciones, sino que se basó en una simple consideración política. Ya el propio Trife, con otros integrantes, había decidido en el 2000, por ejemplo, que López Obrador cubría los requisitos para ser candidato a jefe de gobierno del DF, cuando era evidente que no era así. Como en aquel caso, en éste hubo miembros de su propio partido que advirtieron que Hank Rhon no cumplía con los requisitos para ser candidato a gobernador de Baja California, pero también, como ocurrió en aquella oportunidad, hace siete años, el tribunal prefirió abrirse a las presiones políticas que aplicar en forma estricta la ley. El problema es que ahora tendrá que atender de diferente manera otros casos.

Por ejemplo, ya el cardenal Norberto Rivera ha pedido que no se considere a los ministros de culto como “pseudo ciudadanos”, y no se limiten sus derechos, incluyendo el de asociarse con fines políticos, realizar proselitismo y propaganda a favor de un candidato, partido o asociación política. Para el cardenal esas restricciones son “inconcebibles en una sociedad democrática”. Y se podrán tener muchas opiniones diferentes sobre el tema, pero si nos basamos en la resolución del Tribunal en el caso Hank, habrá que darle la razón al cardenal.

Lo mismo sucede con las candidaturas independientes: ¿por qué el Trife en el pasado desechó las candidaturas de Jorge Castañeda o del Dr. Simi basándose en que no cumplían con los requisitos para poder participar si ahora decide que el principio constitucional básico es el derecho a votar y ser votado sin tomar en consideración el párrafo que habla sobre las “calidades que establezca la ley”?

No fue la de los ministros una decisión afortunada. Quizás en términos políticos de corto plazo la participación de Hank Rhon en los comicios bajacalifornianos solucione o allane conflictos de mayor envergadura, pero de lo que no cabe duda es que genera antecedentes que deberán ser tomados en cuenta en el futuro. Si hay coherencia, lo que viene deberá ser una franca liberalización de todas las condiciones impuestas a candidatos y ciudadanos en términos electorales. Y ni las instituciones ni los partidos parecen estar preparados para ello.

Por cierto y regresando a la coyuntura ¿no es incoherente haber propuesto e impulsado, como lo hizo el priismo de Baja California a través del entonces diputado local y ahora coordinador de campaña de Hank Rhon, Fernando Castro Trenti, la ley que ahora se impugnó?¿cuándo estaban equivocados, cuando impulsaron esa reforma o ahora que la denunciaron, por cierto, con éxito?

Por lo pronto que los tribunales se preparen porque tanto la iglesia como los candidatos independientes querrán, con toda razón, el mismo trato que el candidato Hank Rhon.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *