Senadores, militares y seguridad
Columna JFM

Senadores, militares y seguridad

Se están haciendo bolas con la ley antisecuestros como bien lo denunció ayer Isabel Miranda de Wallace: el dictamen que se está trabajando en el congreso no está atendiendo los principales reclamos sociales, incluyendo el tema de la prisión vitalicia para aquellos secuestradores que asesinen a sus víctimas, aunque incluye algunos avances y como ha ocurrido en otros temas, sobre todo relacionados con la seguridad, se ha terminado recurriendo a la cámara de senadores para ver si pueden salir adelante iniciativas que se acerquen más a lo demandado por las organizaciones civiles.

Se están haciendo bolas con la ley antisecuestros como bien lo denunció ayer Isabel Miranda de Wallace: el dictamen que se está trabajando en el congreso no está atendiendo los principales reclamos sociales, incluyendo el tema de la prisión vitalicia para aquellos secuestradores que asesinen a sus víctimas, aunque incluye algunos avances y como ha ocurrido en otros temas, sobre todo relacionados con la seguridad, se ha terminado recurriendo a la cámara de senadores para ver si pueden salir adelante iniciativas que se acerquen más a lo demandado por las organizaciones civiles.

Donde sí ha habido avance, por lo menos en el senado, es en la ley de seguridad nacional, sobre todo después de la reunión del lunes entre los líderes de las bancadas con el gabinete de seguridad. En realidad el centro del debate está en el tema del fuero militar: es allí donde confluyen las presiones y los ámbitos de negociación. En otras palabras, los distintos grupos de senadores están dispuestos a sacar adelante la iniciativa como lo ha planteado el ejército en términos de atribuciones para combatir la delincuencia organizada, pero quieren que como contrapartida, el ejército acepte que cuando se desarrollen esos operativos en el caso de que se cometan delitos o violaciones a derechos humanos, estos sean juzgados en tribunales civiles, no militares. Para las fuerzas armadas el fuero militar, dicen, es imprescindible para mantener la cohesión y la disciplina. Con todo, más temprano que tarde se tendrá que establecer algún mecanismo que permita darle a las fuerzas armadas el debido parapeto legal para sus operaciones contra la delincuencia y, de la mano con ello, se tendrá que abrir de alguna forma la justicia militar a la civil en este tipo de casos.

Otro tema relacionado con éste es la demanda militar para que se autorice la presencia de las fuerzas armadas durante diez años en la lucha contra la delincuencia organizada. El tema me parece vacuo: no se puede ni debe establecer un periodo específico de tiempo para esa presencia militar en las calles. Será la situación, las circunstancias, las que deben determinar la misma y ello depende de múltiples factores: desde la consolidación de la Policía Federal y las policías estatales, hasta las exigencias que impongan los delincuentes a ese combate, pasando por las necesidades de las propias fuerzas armadas. Pensar en dos o en diez años es un ejercicio que finalmente se terminará confrontando día a día con la realidad. En todo caso lo importante es avanzar en las medidas que permitirían una salida más rápida del ejército y la armada de esas funciones y dentro de ellas una de las más importantes es avanzar en la creación de las 32 policías estatales, estrechamente coordinadas con la policía federal. Sólo la creación de esas fuerzas policiales permitirá, en un lapso de tiempo que será directamente proporcional a la generación de capacidades de esos cuerpos policiales, que los militares vayan abandonando las tareas de seguridad pública.

Otro punto que puede ser controvertido en la ley es que la intervención de las fuerzas militares en un estado sólo podría realizarse a petición de los gobernadores respectivos que tendrían que presentar su solicitud al Consejo Nacional de Seguridad Pública para que allí fuera aprobada antes de proceder a la movilización militar que, según el dictamen, no implicaría, en ningún caso la aplicación de un estado de excepción. En el papel podrá estar bien: en términos operativos no parece tener demasiado sentido: ¿qué sucedería si en algún caso tuviera que intervenir el ejército, por ejemplo, para detener a autoridades estatales que estuvieran involucradas en delitos federales, que estuvieran coludidas con el narcotráfico?¿qué sucedería en una situación de crisis, por definición súbita?¿habría que esperar que el gobierno estatal lo solicite y que el CNSP autorice esa movilización?¿no es el despliegue de las fuerzas armadas una atribución del gobierno federal?¿no es el estado de excepción una situación contemplada en la constitución en forma muy explícita?. Lo que quiero decir es que, al igual que el establecimiento de tiempos estrictos para la participación militar en ámbitos de seguridad pública, no puede haber normas tan rígidas, porque esa participación se debe dar ante situaciones extraordinarias y éstas, por definición, se apartan de la regularidad, los tiempos y los criterios que norman la vida cotidiana. Pero, por lo menos en el senado, existe voluntad para abrirse a las opiniones y sacar adelante el tema. No es poca cosa.

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