Las Fuerzas Armadas y la delincuencia
Columna JFM

Las Fuerzas Armadas y la delincuencia

En ocasiones resulta difícil comprender la facilidad con la que el PRD se empeña en perder votos y potenciales aliados. Como hizo hace seis años, pasada la elección presidencial, Andrés Manuel López Obrador se ha lanzado a una cruzada para demostrar un presunto fraude en el cual, otra vez, no encuentra pruebas que lo sustenten. Pero si hace seis años la diferencia electoral pequeña entre el propio López y Felipe Calderón podía alimentar esas sospechas, en esta ocasión los más de tres millones de votos y casi siete puntos de diferencia hacen imposible sostener esa tesis. Más aún cuando, como no se puede demostrar demostrable,un fraude, se termina invocando una compra masiva de votos, tampoco para solicitar nada más y nada menos que la anulación de la elección.

Esta semana el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José Ramón Cossio, sostuvo, en el debate que la Corte está realizando respecto al fuero militar, que la presencia de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública va en contra de los ordenamientos constitucionales. Para el ministro, sin duda uno de los más influyentes de la Corte y entre la opinión pública, en México no existe un escenario, como lo estipula la Carta Magna, para que el titular del Ejecutivo Federal pueda disponer del Ejército o la Marina en tareas distintas a las propias de su naturaleza.

“No encuentro una situación en la que hayamos declarado la guerra, en la que hayamos suspendido garantías o se haya hecho esta declaración expresa del Ejecutivo Mexicano, entiendo que no puede disponerse de las Fuerzas Armadas más allá de los espacios físicos a los que se refiere el artículo 129 constitucional…”, dijo Cossio. En tiempos de paz, dijo, los militares no pueden cumplir más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar y dentro de los espacios a que se refiere la segunda parte del artículo 129, o sea en fuertes, cuarteles, comandancias y establecimientos específicos.

No pretendo discutir con mi muy apreciado ministro Cossio sobre temas constitucionales (sería, en mi detrimento, una lucha demasiado desigual), sin embargo el artículo 89 constitucional dice, en su fracción sexta, que son atribuciones presidenciales “preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del ejercito, de la armada y de la fuerza aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la federación”. Y no creo que alguien tenga dudas sobre que el mayor desafío para la seguridad interior del país es el crimen organizado: saber que en los últimos años hemos tenido 50 mil muertos producto de la violencia de esos grupos parece ser un argumento contundente al respecto. Y una de las principales responsabilidades de las fuerzas armadas es, precisamente garantizarla, al mismo tiempo que es facultad presidencial utilizarlas con ese fin.

El tema va más allá de discursos fáciles sobre si se actuó contra la delincuencia sin estar preparados o con tesis similares (¿alguien recuerda cómo estaban varios estados de la república en términos de seguridad en el 2006, antes y después de la elección presidencial?); más allá de las consideraciones muy pertinentes sobre si se cometieron o no errores de táctica o de estrategia en ese proceso; sobre si se han cometido delitos en esa lucha; sobre si esos delitos deben ser juzgados por tribunales civiles o militares. Lo cierto es que el Estado no tenía, no tiene aún en varias regiones de la república, fuerzas policiales preparadas para hacer frente a esos grupos delincuenciales y debe recurrir, necesariamente a las fuerzas armadas para tratar de garantizar la seguridad de la población.

Ahora bien, se le debe reconocer al ministro Cossío y a muchos que comparten su opinión, que existen vacíos legales que deben ser llenados para reglamentar esa participación en torno al propio artículo 89. Y eso es lo que más han reclamado las propias fuerzas armadas: hace cuatro años ya que el general Guillermo Galván pidió al congreso que saque adelante una ley de seguridad nacional que garantice y establezca con claridad las formas y condiciones en que se debe dar esa participación. Y lo ha repetido en público y en privado en innumerables ocasiones desde entonces. Y si bien hace unos meses el presidente estableció un manual de procedimientos muy preciso al respecto, seguimos sin contar con esa ley. Es verdad que se aprobó una iniciativa de ley de seguridad nacional en el senado, hace ya dos años, pero la misma ha debido ser congelada en la cámara de diputados porque contiene definiciones que terminarían vulnerando seriamente la capacidad de reacción y operación de las propias fuerzas armadas, además de vulnerar en varios capítulos los mecanismos de mando y control.

Ya se están designando los coordinadores parlamentarios, ya se habla de las distintas reformas que se deben aprobar incluso antes de que asuma el próximo presidente de la república. Se habla de la reforma energética, la fiscal, la laboral, pero no de la seguridad nacional. Y si el próximo presidente es Enrique Peña Nieto (y lo será) el priista ya ha dicho que mantendrá la participación militar en la lucha contra la delincuencia. ¿No sería pertinente establecer desde ahora el marco legal para darle continuidad a esa participación?¿no deberíamos establecer con claridad los límites y posibilidades de la misma?

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