08-06-2018 Dos decisiones judiciales han llamado profundamente la atención en los últimos días, no sólo porque sean controvertidas, sino también porque aparentan ser a todas luces violatorias de las propias leyes y de la Constitución, además de tener tintes electorales inocultables.
Ya hemos hablado de una de ellas, la del tribunal colegiado de Tamaulipas que al resolver un amparo de los presuntos responsables del caso Ayotzinapa, no sólo violó la Constitución vulnerando las atribuciones del ministerio público, sino que ordenó la creación de instancias legales no constitucionales, cuando no tiene atribución alguna para hacerlo.
La resolución del tribunal colegiado propicia el secuestro y sometimiento del Ministerio Público, “ordenando” que dependa de lo que determine o sugiera una Comisión de la Verdad integrada por representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la propia representación social federal, subordinada a las otras dos, lo cual deviene en una figura evidentemente ilegal y sin precedente en el país.
Pretender someter al Ministerio Público a una Comisión de la Verdad es desconocer el derecho y las funciones del mismo. El nuevo sistema de justicia penal establece que el Ministerio Público realiza sus actividades con plena autonomía técnica. El MP no puede estar sujeto a indicaciones de una comisión sobre la forma en que resuelve los casos que conoce, es decir, debe cumplir su función sin interferencias externas. Subordinarlo implica que las decisiones que legítimamente le corresponde tomar, se vicien o respondan a un interés en lo particular.
Pero además, la sentencia del tribunal colegiado sobre el caso Ayotzinapa, atribuye al Ministerio Público hechos no probados; emite juicios al señalar que los detenidos han sido torturados, descalifica la actuación de la PGR al remitirse a omisiones, faltas, acciones irregulares o errores que no han sido investigados por la Visitaduría y el órgano de control interno de la propia Procuraduría, lo cual resulta contrario al debido proceso y al principio de presunción de inocencia.
El resultado de ello es que la sentencia, además de violar la ley y la Constitución, alimenta conscientemente la desconfianza sobre el Ejército, la Marina, la Policía Federal, la PGR e incluso contra el presidente de la república, cuandolo señala como superior jerárquico de todas esas instituciones de seguridad.
Es una sentencia ilegal, con influencias y conotaciones políticas y electorales, que busca “participar” en el proceso,influenciada o buscando beneficiar o congraciarse con uno de sus actores.
La del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, otorgándole el registro como candidato a senador a Napoleón Gómez Urrutia, también viola notoriamente la ley y la Constitución. Consultamos sobre el tema a un importante ex ministro de la Corte que prefiere mantener su anonimato precisamente por esa condición. Lo que nos dijo es que “resulta rídiculo suponer que el INE te registre como candidato al Senado sólo con demostrar que eres mexicano. El artículo 32 constitucional interpreta el concepto “mexicano por nacimiento” para efectos de cargos públicos, exclusivamente para quienes NO han adquirido otra nacionalidad. De manera que, cuando en su momento me propuso el Presidente de la República como Ministro de la Suprema Corte, acredité ser mexicano por nacimiento y, bajo protesta de decir verdad, que no he adquirido ninguna otra nacionalidad. Lo mismo para otro requisito: que no he sido condenado por delito que merezca pena corporal de más de un año de prisión. Estos requisitos se entienden cumplidos con mi protesta de decir verdad, sí mentí, me veo sujeto a responsabilidades” .
Ahora resulta que el Trife considera que el tener doble nacionalidad, a pesar de lo que dice explícitamente la Constitución no es impedimento para ser candidato, como tampoco se requiere la residencia para serlo, algo que rompe con todas las interpretaciones legales existentes hasta el día de hoy. Lo cierto es que así Napoleón Gómez Urrutia y Nestora Salgado serán candidatos y seguramente senadores de la república, aunque ambos estén, además, procesados por distintos delitos. Otra decisión que sólo puede ser entendida con fines político-electorales y sin un respaldo jurídico viable.
La voz del 40
El domingo pasado falleció, consecuencia de un infarto, Héctor Vicente Miranda Ramírez, a los 57 años. Fue un notable actor de doblaje y locutor profesional que recibió en 2017 el premio “Honor a quien honor merece” que entrega la Asociación Nacional de Locutores por su trayectoria. Estuvo casado con la actriz y directora de doblaje Mónica Villaseñor. Pero todos los que hemos trabajado en el periodismo televisivo lo conocimos, apreciamos y respetamos porque fue la voz de CNI 40, de Proyecto 40 y de ADN40 durante dos décadas.
Trabajó en la Televisión Educativa y Cultural. Fue una de las voces del docudrama “La noche de Iguala” que hicimos junto con el maestro Raúl Quintanilla. Hizo doblajes de todo tipo, desde las caricaturas de El Chavo del Ocho, hasta en Los Simpson y Modern Family. Se fue un gran personaje del doblaje, la locución y una de voces del periodismo televisivo que apreciamos y respetamos todos los que trabajamos con él. Descanse en paz Héctor Miranda.