Ni lealtad a ciegas, ni objetivos sin normas

25-09-2020 Las declaraciones de Jaime Cárdenas Gracia, luego de su renuncia al Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado exhiben con toda claridad el mayor de los conflictos que enfrenta este gobierno: quiere cumplir objetivos sin respetar leyes, procedimientos y normas. Dijo Cárdenas, al que, insistimos, nadie puede acusar de no haber sido leal a López Obrador durante años, que se demanda a los funcionarios una lealtad ciega, que el Presidente quiere cumplir sus objetivos y si en el camino no debe respetar normas y procedimientos no importa, y que eso convertía la institución a su cargo en un polvorín que podría estallar por el mal manejo de recursos. Hay que agregar que cuando no se respetan las normas y procedimientos legales en el gobierno, no sólo se violenta la ley, se crean las condiciones ideales para la corrupción y el abuso y eso es lo que se encontró Cárdenas Gracia en el Instituto, donde las partidas económicas y los recursos se comenzaban usando para cualquier objetivo presidencial y se terminaba robando descaradamente.


El Presidente le contestó a Cárdenas que tenía razón, “pedimos lealtad a ciegas al proyecto de transformación, porque el pueblo nos eligió para eso, para llevar a cabo un proyecto de transformación, para acabar con la corrupción, para acabar con los abusos, para llevar a cabo un gobierno austero". Sí, pero sobre todo eligieron a este como a todos los gobiernos, para cumplir y hacer cumplir las leyes, y si “la transformación” se pone por encima de las leyes, las está violando, el gobierno se convierte en corrupto, abusivo, y la supuesta austeridad como se vio en el Instituto, o en la rifa del avión o en muchos otros proyectos que no se ajustan a la norma legal sino al “objetivo” presidencial, termina siendo un factor de dispendio.
Lo mismo ocurre con la consulta sobre el juicio a los ex presidentes. Era claro que la consulta no puede transitar legalmente, por innumerables razones, pero la más evidente es que se hacía una consulta popular para ver si procesaba o no a cinco personas en específico. En cualquier democracia del mundo eso es inviable.


La ponencia del ministro Luis María Aguilar me parece que será incuestionable al respecto. El ex presidente de la Corte lo que explica es que la inconstitucionalidad de esa pregunta involucra varias violaciones a la Constitución: es una restricción evidente a los derechos humanos. No puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos de una persona, sencillamente es su obligación. Pone el riesgo además los derechos de víctimas y ofendidos, porque las autoridades están “obligadas a denunciar cualquier hecho y llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona”: es una obligación del Estado. Como henos dicho muchas veces, si el gobierno federal considera que alguna persona, ex presidente o no, cometió un delito, debe iniciar un procedimiento penal en ese sentido. Punto, no hay nada que consultar.


Se viola también la presunción de inocencia y el riesgo de viabilidad de futuras investigaciones y procesos penales, restringe las garantías para la protección de derechos humanos de las instancia de procuración de justicia y rompe con el principio de igualdad jurídica, desde el momento en que pone a consulta la aplicación de la ley, o no, a ciertas personas.
Contestó el presidente López Obrador que le pedía a los ministros “que no se dejen intimidar (…) que también tomen en cuenta el sentimiento del pueblo”. No se quiere entender que éste no es un tema de sentimientos, sino de normas legales. Si fuera por el sentimiento popular serían aceptables los linchamientos cuando “el pueblo” (que no es ninguna entidad legal) se hace justicia por propia mano o incluso no se hubiera podido dejar en libertad por violación al debido proceso a un personaje como la secuestradora francesa Florence Cassez, cuando más del 80 por ciento de la población la consideraba culpable.


Dijo el Presidente que “no existe violación a Derechos Humanos ni a garantías, porque, en el caso de que se lleven a cabo estos juicios, los tiene que hacer la autoridad competente en el marco de la legalidad que prevalece, dándole al implicado las garantías de defensa”. Pero ese no es el tema, si las autoridades consideran que los ex presidentes, o cualquier persona, cometió un delito es su obligación iniciar una denuncia e investigación. No es una opción. Lo que se propone se declare inconstitucional no es la posibilidad de enjuiciar a un ex presidente, sino de ponerlo a consulta popular. Lo que viola ley es la pregunta de la consulta, no la posibilidad de llevarlos a juicio.


Por lo pronto esa es el contenido de la ponencia del ministro Aguilar. Se estima que el primero de octubre el pleno de la Suprema Corte tendrá que decidir al respecto.
No se puede buscar cumplir objetivos sin respetar normas, procedimientos, leyes. Para eso, al final, es para lo que sirve un gobierno, para cumplir y hacer cumplir las leyes.

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