Los límites del fuero militar
Columna JFM

Los límites del fuero militar

Creo que era Groucho Marx el que decía que la justicia militar era a la justicia lo mismo que la música militar a la música. No deja de ser una fórmula ingeniosa de presentar las cosas sobre todo para quienes vemos a la institución militar desde fuera. Pero el hecho es que esa institución requiere de mecanismos de aplicación de justicia acordes con su quehacer y responsabilidad, sobre todo en tiempos como los actuales en donde los límites entre esas responsabilidades pueden ser difusos.

Creo que era Groucho Marx el que decía que la justicia militar era a la justicia lo mismo que la música militar a la música. No deja de ser una fórmula ingeniosa de presentar las cosas sobre todo para quienes vemos a la institución militar desde fuera. Pero el hecho es que esa institución requiere de mecanismos de aplicación de justicia acordes con su quehacer y responsabilidad, sobre todo en tiempos como los actuales en donde los límites entre esas responsabilidades pueden ser difusos.

La iniciativa de reforma a la justicia militar enviada por el presidente Calderón creo que cumple con los requisitos necesarios para equilibrar las exigencias militares respecto a contar con mecanismos que le permitan mantener la disciplina y el orden en la institución, con los espacios que debe tener la sociedad para castigar delitos que no tienen relación alguna con las actividades militares. Me parece muy bien que la desaparición forzada de personas, la tortura y la violación, cuando sean cometidas por elementos militares, sean juzgadas por tribunales civiles: ninguna de esos actos tienen relación con las responsabilidades y tareas que desempeña una fuerza militar. Tampoco puede ser aceptable que haya personal que argumente recurrir a una suerte de “obediencia debida” para ejecutar acciones a todas luces ilegales y violatorias de los más elementales derechos humanos.

Hay quienes consideran que el fuero militar se debería mantener sólo para delitos eminentemente relacionados con esa actividad, como actos de indisciplina, traición, rebelión o deserción, pero el hecho es que las normas que rigen a las fuerzas militares en sus funciones son muy estrictas ante todo tipo de delito y son las que garantizan el manteniendo de una disciplina indispensable en ellas. Se ha dicho también que se debería incluir en la iniciativa de reforma al delito de homicidio o lesiones para que sea juzgado por tribunales civiles, pero en ese sentido se está cometiendo un error. En una actividad como la militar, y sobre todo en las condiciones de la lucha contra la delincuencia organizada, el delito de homicidio o lesiones puede ser cometido por imprudencias, en una situación de legítima defensa, en el cumplimiento de su deber o en el ejercicio de la autoridad, y en ninguno de esos casos existe la intención de causar daño. Y cuando éste existiera el propio código de justicia militar considera que si un elemento hace uso innecesario de las armas o de violencia injustificada es responsable del delito que resulte y le será impuesta la pena que señala el código penal federal o local que corresponda.

Sostienen además representantes de las fuerzas armadas un argumento que no se debería desechar: pensar que los grupos del crimen organizado no tienen estrategias para utilizar los derechos humanos o la justicia a su favor es pecar de ingenuidad. Ya lo han hecho y lo hacen. Uno de los principales integrantes del cártel de la familia michoacana, Rafael Cedeño, el Cede, detenido el año pasado (y que ahora gracias a las conversaciones entre la Tuta y el diputado Godoy nos enteramos que se ha convertido en un testigo protegido) además de sus muchas responsabilidades en ese cártel era visitador de la comisión de derechos humanos de Michoacán. Osiel Cárdenas y el cártel del Golfo utilizaron esos instrumentos con amplitud. Quizás se equivocó el entonces secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, cuando llamó a los organismos de derechos humanos a no convertirse en “tontos útiles” de los criminales, pero la frase, en el fondo, tenía sentido: existe un reclamo constante de la sociedad de que muchos organismos de derechos humanos están más al servicio de la defensa de los delincuentes que de las víctimas.

Sé que algunos de estos argumentos no son políticamente correctos, pero están anclados en la realidad que vivimos. La reforma impulsada a la justicia militar creo que es correcta e involucra los delitos que de ninguna forma pueden ser parte de la actividad militar en sí: no puede haber en ellos excluyente alguno de responsabilidad, y deben ser juzgado por tribunales civiles. Pero lo que no se puede hacer es desmantelar las instituciones militares a partir de ocurrencias de coyuntura. Deberá estar muy atento el congreso al analizar y aprobar estas leyes para que no vuelva a suceder lo que ocurrió con la ley de seguridad nacional, aprobada por unanimidad en el senado y afortunadamente detenida en la cámara de diputados. Esa ley, como aquí dijimos muchas semanas antes de que se aprobara, lo único que lograría, si salía como fue aprobada en primera instancia, sería diluir mandos, responsabilidades y hacer imposible la operación de la fuerza armada. En estos temas se debe legislar mirando, por supuesto, el presente pero también asumir que son transformaciones que impactarán en el futuro.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Salir de la versión móvil